El Decreto Ley entró en vigor el 26 de abril de 2024.
La Ley dice que en aquellas situaciones que tengan una finalidad de estancia temporal como por motivos profesionales, estudios, a la espera de la entrega de una vivienda, por reformas u otras similares, quedan sometidos al tratamiento de una vivienda habitual. La renta se determina aplicando el sistema de índice de referencia estatal si se encuentra en una zona tensionada. La fianza obligatoria es de una mensualidad. La duración mínima del contrato es de 31 días.
¿Qué excepciones hay? El Decreto Ley no se aplica a los contratos de temporada que tengan una finalidad de ocio, vacaciones, y recreativas. Esta finalidad debe ser justificada en el contrato.
El Decreto Ley 6/2024 en el alquiler de habitaciones: Establece límites a los precios de los arrendamientos de vivienda por habitaciones que se encuentren en una zona tensionada. En estos contratos, si tienes varios acuerdos de alquiler al mismo tiempo, el total de las rentas acordadas no puede superar el alquiler máximo que establece el índice de referencia estatal.
Se establecen multas para los propietarios que no respeten los límites de precios o no cumplan con las obligaciones de información.
Opiniones a favor: Se considera una medida necesaria para proteger a los inquilinos.
En contra: Estas medidas afectará la inversión en el sector inmobiliario y la oferta de viviendas en alquiler.
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